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Tenemos acuerdos de pago con beneficios en retención en la fuente para deudores: DIAN

La DIAN dispondrá de jornadas especiales de atención para contribuyentes que se acojan a los beneficios y aprovechen la oportunidad de ponerse al día ahorrando intereses y accediendo a los plazos otorgados.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) hace un llamado a los agentes de retención que tienen declaraciones ineficaces anteriores a la Ley 1943 de 2018, a que las presenten nuevamente, y a quienes presentaron declaraciones posteriores a la entrada en vigencia de la mencionada Ley, para que accedan a acuerdos de pago hasta por doce (12) meses con el cumplimiento de los requisitos del artículo 814 del Estatuto Tributario.

De acuerdo con el Director de Gestión de Fiscalización de la DIAN, son 235.194 contribuyentes con 339.079 declaraciones ineficaces por valor de $1.3 billones que podrán acogerse a estos beneficios, y de esta forma, evitar que se adelanten los procesos penales por el delito de omisión del agente retenedor y/o recaudador, ahorrar en intereses y accedes a los plazos otorgados.

Por su parte, el Director de Gestión de Ingresos de la Entidad, invita a los contribuyentes morosos a que se pongan al día, acogiéndose a los beneficios tributarios determinados por la Ley 2010 de 2019, ofreciéndoles atención especial mediante agendamiento durante los meses de febrero, marzo, abril, mayo y junio en las direcciones seccionales.

Recordó, que estos beneficios le permitirán al contribuyente, declarante, agente retenedor, responsable, deudor solidario, deudor subsidiario o garante, que a 27 de diciembre de 2019 tenga obligaciones fiscales a cargo, pagar el interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia para la modalidad de créditos de consumo y ordinario, más dos (2) puntos porcentuales, lo que implica un ahorro para el mes de febrero de 5,53 puntos.

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