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Corte Constitucional despenaliza el aborto en Colombia

En la tarde de este lunes, la Corte Constitucional tomó la decisión de despenalizar el aborto en Colombia de forma gradual, estableciendo que solo se permitirá hasta la semana 24.

La Corte Constitucional ha tomado la decisión de despenalizar el aborto en Colombia de manera gradual, permitiendo solamente esta acción hasta la semana 24. Posterior a 523 días el alto tribunal tomó la decisión luego de estudiar una demanda del movimiento Causa Justa.

El movimiento buscaba que se borrara el artículo 122 del Código Penal, el cual castigaba hasta con tres años a la persona que practicara las interrupciones de un embarazo en Colombia.
Todo esto se tomó luego de una votación de 5-4. Quienes estuvieron a favor de la despenalización son los magistrados Antonio José Lizarazo, Alberto Rojas, José Fernando Reyes, Diana Fajardo y el conjuez Julio Andrés Ossa.

Por su parte, quienes votaron en contra fueron los magistrados Jorge Enrique Ibáñez, Cristina Pardo, Paola Meneses y Gloria Stella Ortiz. Este acuerdo se conoció posterior a una votación con la cual fue negado el impedimento de la magistrada Pardo, quien había solicitado apartarse del debate debido a que había hecho unas declaraciones públicas relacionadas con el tema.

No obstante, la Corte negó dicha petición y la mantuvo en la discusión bajo el concepto de que la ideología de una persona no puede apartar a la magistrada de un debate como este. A las afueras del Palacio de Justicia, en la ciudad de Bogotá, varias personas se encontraron en el momento respaldando el pedido que viene aglutinando diferentes movimientos.

De acuerdo a lo aprobado este lunes por la Corte Constitucional, se entiende que no se castigará a la mujer que aborte hasta la semana 24 de su embarazo. Posterior a ese tiempo se mantendrán las tres causales anteriores a la decisión tomada el día de hoy.

Dentro de las tareas que la Corte ordenó con esta acción, es que exhorta al Congreso de la República a adoptar una regulación integral, la cual estará sujeta a límites, entrando en ella temas como la laicidad del Estado, los derechos fundamentales, la no regresividad, entre otras.

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