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14 concejales de Pitalito denunciados ante la Procuraduría

El abogado Juan Pablo Hoyos Rojas, instauró una queja disciplinaria contra los concejales de Pitalito, que participaron en el concurso para proveer el cargo del personero, ya que Hernando Reyes Liscano, quien fue designado para tal puesto, había ejecutado trabajos recientemente con la misma entidad territorial, la cual iba a ser objeto de vigilancia.

El pasado 27 de noviembre de 2019, la mesa directiva del Concejo Municipal de Pitalito realizó la convocatoria para participar en el concurso público de méritos para proveer el cargo de personero del Valle de Laboyos, para el periodo 2020-2024.

Dicha elección, se debe regir mediante normas concordantes de ley que regulan el acceso a la función pública; como no encontrarse incurso en las causales constitucionales y legales de inhabilidades e incompatibilidad o prohibiciones para desempeñar empleos públicos.

Dentro del periodo de inscripción del concurso, se registró Hernando Reyes Liscano, quien en la lista final de elegibles para el cargo ocupó el primer lugar; siendo elegido Personero Municipal.

Sin embargo, Reyes Liscano no cumplía las normas establecidas para ocupar dicho puesto, ya que la certificación emitida por la Cámara de Comercio de Neiva, y como puede corroborarse además en las actas de asamblea de socios registradas ante esta misma entidad, este fue representante legal de Líneas Timanco S.A.S. por lo menos desde el 22 de diciembre de 2015 hasta el 21 de enero de 2020.

Además, el 18 de enero de 2019 el Instituto de Tránsito y Transporte de Pitalito – Intrapitalito publicó la invitación pública para contratación de mínima cuantía. En ese proceso contratual, Hernando Reyes, en representación de Líneas Timanco S.A.S., presentó propuesta para la respectiva contratación mencionada.

Dicha propuesta presentada por Reyes Liscano, fue aceptada el 24 de enero de 2019 por el Instituto de Tránsito y Transporte de Pitalito- Intrapitalito.

Tutela

Es claro entonces que quien aspira a ser personero no puede haber tenido contratos a desarrollar en el municipio, durante el año anterior a su elección. Dado que en el presente caso dicha elección sucedió el 8 de enero de 2020, significa que desde por lo menos el 8 de enero de 2019 Hernando Reyes Liscano no podía haber intervenido ni mucho menos celebrado, a nombre propio o de terceros, contratos que se fueran a ejecutar en el municipio de Pitalito.

Ahora bien, vale aclarar que los Concejales siempre tuvieron la dirección del proceso de selección del cargo de Personero, no solo al haber proferido las Resoluciones durante todo el proceso de selección, sino que participaron de la entrevista a los aspirantes, etapa en la cual tuvieron la posibilidad de dar un puntaje a quienes se presentaron, y el día de la elección, pudieron en el debate y en el ejercicio de control político permanente que les asiste, realizar un detallado análisis de las causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de intereses, en que estuviera incursos cualquiera de los aspirantes que se encontraban en la lista de elegibles al cargo, y concretamente en este caso Hernando Reyes Liscano, quien ocupó el primer lugar en el concurso de méritos; además, al haber realizado convenio para desarrollar el proceso, no les mermó la posibilidad de observar la causal de inhabilidad en la que estaba incurso el señor Hernando Reyes Liscano,  como lo ha establecido la Procuraduría General de la Nación.

La responsabilidad derivada de dicha función electoral sigue radicada en cabeza de sus miembros, pues es claro que la realización del concurso se lleva a cabo bajo su dirección, supervisión y conducción y en últimas son ellos quienes eligen al candidato para ocupar el cargo.

Finalmente, la mesa directiva de Cooperación Municipal, que tenía la obligación de revisar las hojas de vida y evaluar que no estuvieran inmersos en ningún tipo de investigación o inhabilidad, pero además de ello, de elegir con su voto a la persona para el cargo de Personero Pitalito, para el periodo 2020-2024, tendrá que responder ante el ente de control.

Por lo tanto, incurrieron en una falta disciplinaria que ocasiona una sanción con destitución, establecida en la Ley 734 de 2002, Artículo 48. Faltas Gravísimas, los 14 concejales, identificados como: David Melo Esguerra, Octavio Ordoñez Perdomo, Laureano Molina Scarpetta, Juan David Palomares Valencia, German Gonzalo Díaz Rodríguez, Oscar Ordoñez Gómez, Manuel Jesús Muñoz Valderrama, Yelmi Murcia Vargas, Armando Aguilar Trujillo, Diego Alejandro Vargas Cabrera, José William Arboleda Clavijo, Jairo Enciso Muñoz Bahos, Manuel Molina, Jairo Encizo Muñoz Bahos y Guillermo Rodríguez.

Y en especial los tres que conforman la mesa directiva, la cual tiene la función de evaluar las hojas de vida, promover la votación dentro del Concejo y entrevistar los concursantes.

Es así que se espera, que haya una sanción por parte de la Procuraduría, donde se reflejará cambios en el concejo de Pitalito en trascurso del año.

 

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