Regional

Las infracciones más cometidas por los huilenses con el Código de Policía

Así va la aplicación del Código de Convivencia y Seguridad Ciudadana en el departamento del Huila.

El código de convivencia y seguridad ciudadana (Ley 1801 del 2016) es una herramienta indispensable de la Policía Nacional, con la cual busca mantener las condiciones necesarias para la convivencia y seguridad ciudadana en el territorio nacional y para este caso en el departamento del Huila; de esta manera la institución busca propiciar comportamientos en los ciudadanos que favorezcan la relaciones promoviendo el respeto, un ejercicio responsable de la libertad y la dignidad, buscando mecanismos alternativos, o comunitarios para la conciliación de conflictos entre los particulares.

Es así como en lo corrido de esta presente vigencia, la Policía presentó un balance de la aplicación del código, el cual ha permitido la reducción de varios delitos comparados con el año anterior, como las lesiones personales en un 9%, hurto a residencia en un 17% y el hurto a comercio en un27 %.

Los principales comportamientos contrarios a la convivencia que se han presentado o que son más recurrentes fueron: Portar armas o elementos cortantes o semejantes con 1.681, portar sustancias prohibidas en el espacio público con 891, reñir, incitar o incurrir en confrontaciones violentas que puedan derivar en agresiones físicas con 528, comprar, alquilar o usar equipos terminal móvil con reporte de hurto y/o extravió en la base de datos negativa con 553 y 2.210 órdenes de comparendo por otras conductas.

De estas conductas, las medidas aplicadas y medios de policía utilizados fueron: 31 que generaron multa general tipo 1, 4.106 multa general tipo 2, 211 multa general tipo 3, 852 multa general tipo 4, 3.320 destrucción del bien, 889 actividad pedagógica y 959 suspensión temporal de la actividad.

Es importante mencionar que las multas tipo 1 y 2 ofrecen a los ciudadanos la posibilidad de conmutarlas por otras medidas correctivas, como participación en programas comunitarios (jornadas de ornato y embellecimiento) o en actividades pedagógicas que consisten en la participación en programas educativos determinados y desarrollados por las alcaldías municipales. Lo anterior debe hacerse dentro de los cinco días hábiles posteriores a la orden de comparendo.

Los cinco municipios donde mayor aplicabilidad se ha dado al código son, Pitalito con 1065 aplicaciones, Campoalegre 490, San Agustín 423, La Plata 401 y Garzón con 391.

Recordemos que el Código Nacional de Policía y Convivencia es la primera herramienta con la que cuentan todos los habitantes del territorio y las autoridades para resolver los conflictos que afectan la convivencia y con la cual se puede evitar que las conductas y sus consecuencias trasciendan a un problema de carácter judicial e inclusive de carácter penal.

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